viernes, 20 de junio de 2008

lunes, 3 de marzo de 2008

Deberes del trabajador

Deberes
1. Usar correctamente los aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte, etc. y cualquier utensilio del trabajo.
2. Hacer uso de los equipos de protección (eps) de forma correcta.
3. No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad en los lugares de trabajo.
4. Alertar a los compañeros, e informar a su superior directo, y a los trabajadores designados para realizar tareas de prevención, o en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe un riesgo para la seguridad en caso de riesgos graves e inminentes, interrumpiendo la actividad si esta constituyera un peligro para los trabajadores.
5. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.
6. Usar adecuadamente, de acuerdo con su funcionamiento y riesgos previsibles, las maquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrolle su actividad.

Deberes del ciudadano

1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.
2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o salud de las personas.
3. Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacional.
4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica.
5. Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país.
6. Propender al logro y mantenimiento de la paz.
7. Colaborar para el buen funcionamiento de la administración jurídica.
8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano.
9. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del estado dentro de conceptos de justicia y equidad.

Organizaciòn del estado colombiano

La organización del estado colombiano ofrece dos caminos distintos: En el camino de las ramas del poder público, nos encontramos con la rama legislativa, judicial y ejecutiva. En estas están representadas las diferentes instituciones de cada uno de los sectores del poder público.
En la rama ejecutiva se encuentran las que representan al gobierno, en la rama legislativa se encuentran el senado y la cámara de representantes, que conforman el congreso; y en la rama judicial se encuentran las instituciones encargadas de administrar justicia en el país.
Por el otro camino nos encontramos con los llamados órganos, estos se dividen en órganos de control, organización electoral y otros.
Los órganos de control se encargan, por medio de la procuraduría, la defensoría y la contraloría, de supervisar las acciones tanto de las instituciones que hacen parte de cualquiera de las ramas del poder público como de la sociedad civil.
L a organización electoral está conformada por el congreso nacional electoral y por la registraduria nacional del estado civil, quienes se encargan de velar por la realización y supervisión legitima de los procesos electorales.
En lo que atañe a los demás órganos, sobresalen el banco de la república (como la principal entidad de control en el manejo de la economía del país) y la comisión nacional de televisión, que se encarga de crear políticas de censura y control acerca de lo que se ve en la televisión colombiana.

Cuento

Un gran emprendedor

Manuel Hernández es un joven empresario de 25 años de edad, actualmente tiene su propia empresa llamada calzado MH, que se dedica a la compra y venta de los mismos, esta empresa se formo con gran esfuerzo iniciando su carrera, en el Sena, comenzaron sus inconvenientes, debido a la falta de dinero que le impedía portar su uniforme, además venia de una familia desplazada, lo que generaba total rechazo en sus compañeros. En ese momento el ignoraba que tenía unos derechos al conocer los mismos tomo confianza en sí mismo y los hizo valer. Por su misma condición de desplazado él no tenía idea lo que significaba la visión ya que tenía una metodología de colegio y de una educación superior, fue gran asombro cuando se encontró con el aprendizaje autónomo, tiempo después se convertiría en un gran estudiante competente, destacándose y llegando a ser el mejor estudiante llego a su etapa productiva, donde obtuvo el patrocinio así se pudo superar económicamente y mejorar su calidad de vida. Finalmente termino su proceso de formación convirtiéndose así en un gran empresario con grandes expectativas y mucho éxito, al cual aprendió hacer competente.

Terminaciòn del contrato

La regla 2ª del artículo 87 del código disponía que cualquiera de las partes podía dar por terminado el contrato con un preaviso de 7 días, y que el empleador podía prescindir del mismo “ pagando igual periodo”, vale decir, los salarios corresponden a dicho tiempo. La ley 188 de 1959, por su parte, no reprodujo esta norma, y aparentemente, y con fundamento en la última regla del artículo 10, debería aplicarse en este aspecto lo prescrito por el código.

Prestaciones

Como nada dice a este respecto la ley 188 de 1959, precisa entender que ha quedado vigente la disposición del artículo 88 del código, que establece: Los aprendices gozan de todas las prestaciones y están sometidos a todas las normas del contrato de trabajo, con la única salvedad de que no están amparadas por los del salario mínimo.
Este último aspecto, como ya vimos, se encontraba modificado desde antes de la ley de 188, al permitir a los aprendices disfrutar del salario mínimo; y ha sido reafirmado por la ley en referencia, como también hemos visto, al establecer entre obligaciones especiales del empleador, la de pagar el salario, que, en cuanto a la parte del dinero, no puede ser inferior, en principio, al 50 por ciento del salario mínimo legal, o convencional, pudiendo aumentarse gradualmente.